17 de junio de 2006

APUNTES SOBRE EL ESTATUTO DE CATALUÑA-UN POCO DE HISTORIA


Como hay mucho bla, bla, bla y, mucha mentira interesada en torno al estatuto catalán, aquí va un pequeño extracto de lo que en el se dice:

La Generalitat fue creada en 1359 en las Cortes de Cervera(nota mia: por aquel tiempo se denominó Diputación del General de Cataluña). Después de 1714, han sido varios los intentos de recuperación de las instituciones de autogobierno. La Generalitat se recuperó con el Estatuto de 1932, se restablecio en 1977 y su Estatuto en 1979.

Cataluña se propone la construcción de una sociedad democrática y avanzada, de bienestar y progreso, solidaria con EL CONJUNTO DE ESPAÑA e incardinada con Europa.

El autogobierno de Cataluña se FUNDAMENTA EN LA CONSTITUCIÓN, así como en los derechos históricos del pueblo catalán.....

Cataluña, A TRAVÉS DEL ESTADO, participa en la construcción del proyecto político de la Unión Europea, cuyos valores y objetivos comparte.

El Parlamento de Cataluña, define a Cataluña como nación. La Constitución española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad.

EN EJERCICIO DEL DERECHO INALIENABLE DE CATALUÑA AL AUTOGOBIERNO, LOS PARLAMENTARIOS CATALANES PROPONEN, LA COMISIÓN CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS ACUERDA, LAS CORTES GENERALES APRUEBAN Y EL PUEBLO DE CATALUÑA RATIFICA EL PRESENTE ESTATUTO.

Todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razones linguistícas.

Los ciudadanos tienen derecho de opción linguistíca. En las relaciones con las instituciones, las organizaciones y las administraciones públicas de Cataluña, todas las personas tienen derecho a utilizar la lengua oficial que elijan.

Todas las personas, en las relaciones con la Administración de Justicia, el Ministerio Fiscal, el notariado y los regístros públicos, tienen derecho a utilizar la lengua oficial que elijan en todas las actuaciones judiciales, notariales y registrales y recibir toda la documentación oficial emitida en Cataluña en la lengua solicitada.

Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en comunidad autónoma de ACUERDO CON LA CONSTITUCIÓN y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña y se ejercen de acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto y LA CONSTITUCIÓN.

Las relaciones de la Generalitat con el Estado se fundamentan en el principio de lealtad institucional mutua y de rigen por el principio general según el cual la Generalitat es Estado, por el principio de autonomía, por el de bilateralidad y también por el de multilateralidad.

Cataluña tiene en el Estado Español y en la Unión Europea su espacio político y geográfico de referencia e incorpora los valores, los principios y las obligaciones que derivan del hecho de tomar parte de los mismos.

El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficilal del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña, el derecho y el deber de conocerlas

Para garantizar el derecho de opción linguística, la Administración del Estado situada en Cataluña debe acreditar que el personal a su servicio tiene un nivel de conocimiento adecuado y suficiente de las dos lenguas oficiales, que lo hace apto para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.

Todas las personas tienen derecho a ser atendidas oralmente y por escrito en la lengua oficial que elijan en su condición de usuarias o consumidores de bienes , productos o servicios. Las entidades, las empresas y los establecimientos abiertos al público en Cataluña quedan sujetos al deber de disponibilidad linguística en los términos establecidos por la ley.

Todas las personas tienen derecho a recibir la enseñanza en catalán, de acuerdo con lo establecido por el presente estatuto. El catalán debe utilizarse normalmente como lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza universitaria y en la no universitaria.

Los alumnos que se incorporen más tarde de la edad correspondiente del sistema escolar en Cataluña, gozan de el derecho a recibir un apoyo linguístico especial si la falta de comprensión les dificulta seguir con normalidad la enseñanza.

El profesarado y el alumnado de los centros universitarios tienen el derecho a expresarse, oralmente y por escrito en la lengua oficial que elijan.

Todo esto, es copia literal de una parte del Estatuto catalán que no he tenido que traducir, entre otras cosas por qué no se leer en esta lengua. Dicho Estatuto ha sido repartido en Cataluña en las dos lenguas, que como habeís leido son LAS DOS oficiales en esta, Comunidad Autónoma, Nación, Nacionalidad y Estado.

A buen entendedor salud.

LA HISTORIA NO DEBE SER OLVIDADA.

Quién sostiene la patraña de que los Estatutos como el catalán, que mañana se aprobara, suponen la ruptura de la unidad de España deberian repasar un poco la historía, al igual, claro que los que reinvidican su independencia. Tonterias las justas.

La plenitud política de la Corona de Aragón se produce en los años 1276-1327. Fueron los años de gobierno de Pedro el Grande (1276-1285), Alfonso, el Liberal (1285-1291) y Jaime II (1291-1327).

Con Pedro el Grande se convocaron en 1283 los estamentos aragoneses, valencianos y catalanes, obteniendose como resultado un conjunto de constituciones que limitaban la autoridad real y establecian las bases de una relación pactada entre la monarquia y los estamentos. El compromiso obligaba al rey a convocar Cortes periódicamente, consultar a los estamentos en asuntos de alta política, renunciar a la imposición de tributos, promulgar constituciones con la aprobación de las Cortes y aceptar los límites que la estructura señorial imponia a la jurisdicción real. Para garantizar el cumplimiento de estos acuerdos se fundó la Unión Aragonesa.

A Pedro el Grande, le sucedio, Alfonso, el Liberal, que se encontró en principio con cierta oposición por parte de la Unión Aragonesa, que le recriminó que tomara el título real e hiciera actos de gobierno en Cataluña y Valencia sin haber sido previamente coronado en Aragón. En esa época la frontera catalana estaba amenazada desde Francia. La Unión Aragonesa por aquel entonces presentaba ciertas reinvindicaciones sobre los territorios catalanes y valencianos, en especial sobre algunos fronterizos. La Union Aragonesa, en un principio consiguio que Alfonso, obligara a los valencianos a aceptar el Fuero de Aragón, pero esto no se llevó a efecto. Alfonso, decidio acabar con esta fuerza de presión y reprimio duramente a los unionistas. Sus acciones produjeron el efecto contrario, ya que incluso sus partidarios en Aragón decidieron darle la espalda. Alfonso, viendo el peligro de una guerra civil, acepto por fin las pretensiones unionistas e impuso el Fuero de Aragón en los territorios valencianos. Posteriormente en las Cortes de Monzón todo volvio a su cauce, y los Fueros de Aragón solo se impusieron a los territorios valencianos que lo que quisieron.

A Alfonso, le sucedio su hermano. Jaime II, que fue un monarca legalista, muy respetuoso con los acuerdos y convénios establecidos con sus subditos, a los que frecuentemente convocó a Cortes( siete a los catalanes, nueve a los valencianos y una a los aragoneses). Durante su reinado creció el prestigio de la institución parlamentaria.

La decadencia política del reino de Aragón se produce entre los años 1327-1387 con los reinados de Alfonso el Benigno(1327-1336) y Pedro el Ceremonioso(1336-1387), sobre todo provocado por los altos costes de determinadas campañas militares. En Cataluña, en 1333 se presentaba ya un claro distanciamiento entre la nobleza y la monarquia en las Cortes de Montblanc. Al mismo tiempo empezaba a surgir cierto enfrentamiento entre aragoneses y valencianos a consecuencia de sus fueros respectivos, que se hicieron patentes en el reinado de Pedro el Ceremonioso. Se producen enfrentamientos violentos entre la coalición de unionistas aragoneses y valencianos contra el rey aliado a los catalanes, y que terminó con la victoria de estos últimos, continuada con una represión dura y cruel por parte del rey sobre los valencianos. Pero este triunfo real fue efímero por determinados factores exteriores. La guerra con Castilla se traslado a suelo aragones y valenciano y la ruina económica trajo como consecuencia que el rey acabara cediendo protagonismo a las Cortes y dando fuerza al pactismo que los estamentos catalanoaragoneses habian propugnado desde al menos el reinado de Jaime I.

Durante el reinado de Pedro el Ceremonioso, se produce la guerra con Castilla, donde reinaba Pedro el Cruel que pasó por diversas fases y que duró desde 1356 a 1375. A pesar de que la victoria final fue para Pedro el Ceremonioso, lo cierto es que en esta guerra, Aragón y Valencia perdieron parte de sus territorios fronterizos y además no se consiguio la entrega de Murcia, por parte de Enrique de Trastámara, al que había apoyado contra el otro pretendiente de la Corona de Castilla, que era Fernando de Aragón. Tanto Enrique, como Fernando eran hermanastros de Pedro el Ceremonioso, que se refugiaron en la Corona de Aragón para luchar contra el rey de Castilla, Pedro el Cruel. De hecho Fernando fue asesinado por orden de el Ceremonioso, como muestra del apoyo a Enrique de Trastámara. Lo cierto es que a pesar de la victoria de Aragón, el reino teoricamente vencido(Castilla), había resultado de algún modo vencedor. En el futuro la Península estaría sometida a la hegemonía castellana.

En los años de gobierno de los dos últimos monarcas de la dinastía originaria, Juan I (1387-1396) y Martín el Humano (1396-1410), se hicieron evidentes las dificultades de todo orden que atravesaba la Corona de Aragón, que se tradujeron en retrocesos y cambios de orientación en la política exterior, y en divisiones y confrontaciones sociales en el interior. CONTINUARA con Fernando I de Aragón---

A mediados del siglo XIV un índice seguro de la supeditación real a los estamentos es el número excepcionalmente elevado de las Cortes que el monarca, acuciado por necesidades monetarias y de defensa tuvo que convocar en los años 1349-1387(tres Cortes generales, trece catalanas y once valencianas). En plena guerra con Castilla, las Cortes de Cervera de 1359 otorgaron un generoso donativo, cuya recaudación acordaron efectuar distribuyéndola en tallas por hogares(fuegos), para lo que fue menester realizar un detallado inventario de familias(fogatjement). Pero, tradicionalmente recelosas de la conducta de los oficiales reales y del propio monarca, tanto en la recaudación como en el destino de los fondos recogidos, estas Cortes, siguiendo precedentes, crearon una comisión, llamada Diputación del General de Cataluña. encargada de administrar los subsidios votados. Y la gestión de la Diputación catalana no había terminado cuando las Cortes generales de Monzón(1362-1363), unas Cortes verdaderamente dramáticas, completaron el perfíl de la institución. A partir de entonces funciono en cada Estado de la Corona una Diputación o Generalidad propia, formada por tres diputados de cada estamento, dotada de recursos propios(derechos de carácter aduanero) encargada de reunir el montante de los subsídios que las Cortes sucesivas votaban, y poseedora de suficiente autonomia financiara como para convertirse en organismo de gobierno de los estamentos, más o menos paralelo e incluso supervisor del poder real. Lo cierto, es que estas instituciones surgen de anteponer los privilegios al bien común, lo que llevó al rey a gritar en estas mismas Cortes: "mueran los que así nos llevan a todos a la muerte". Podria concluirse que la desproporción entre las ambiciones de la política exterior del rey y la real fragilidad de las finanzas reales llevaron a la formación de una estructura estatal antimonárquica que anuló la posibilidad de que Cataluña( y al Corona de Aragón) llegaran a ascender con personalidad propia e independiente al nivel de los Estados renacentistas de la época.

Por otro lado la historia de Cataluña se ve intimamente ligada a la del Reino de Navarra durante el reinado de Juan II, que además fue rey de Castilla durante tres años: Durante casi tres años Juan de Navarra gobernó Castilla, mientras que a la muerte de Blanca de Navarra(su mujer), se abria una lucha entre los partidarios de la sucesión de su hijo y heredero, el principe de Viana y los partidarios de su padre, Juan de Navarra. En 1445, Juan II de Aragón=Juan de Navarra, fue derrotado en la Batalla de Olmedo y tuvo que abandonar Castilla. Lo que pretendia Juan era ser rey de Navarra y de Aragón, pero se encontró con la negativa de su hijo Carlos de Viana.
En 1454-1458 Juan de Navarra presidia las sesiones de Cortes, como lugarteniente general de Cataluña, como preludio a la guerra civil que se iba a producir. Juan II era apoyado por la Busca (síndicos barceloneses) y enfrentado a la oligarquia que no aceptaba las reformas del gobierno municipal de Barcelona, ni las reinvindicaciones del campesinado(remensas) y que recibia el nombre de la Biga. Juan de Navarra, ahora Juan II de Aragón accede al trono como heredero de Alfonso el Magnánimo. Reinó desde 1458 a 1479.

En 1460, Juan II, decide detener a su hijo, Carlos de Viana que tenía numerosos partidarios en Aragón y Cataluña. Esta detención vulneraba las constituciones y además se llevó a cabo en el peor momento, justo cuando el monarca se reunia con los estamentos catalanes en las Cortes. Temiendo la tempestad que se avecinaba, Juan II decidió suspender las sesiones, pero los estamentos, dirigidos por el sector más radical de la aristocracia y la Biga, votaron antes de disolverse una resolución confiando la dirección de la lucha contra la política autoritaria del rey a la Generalitat, institución que encomendó esta función a un comité de nueve miembros, llamado Consejo del Principado.

La Generalitat convocó por su cuenta un Parlamento, las masas populares se dejaron ganar por una propaganda sentimental que exaltaba las virtudes del desgraciado principe, Carlos de Viana, y el gobierno de Cataluña volvío de nuevo a manos de la Biga, mientras que los de la Busca y los partidarios del rey, en general, no se atrevian a defender la política de Juan II. El Parlamento mandó un últimatum a Juan II: o aceptaba la paz, liberaba al principe y le otorgaba la primogenitura universal, o escogia la guerra. El rey en un principio opto por lo segundo, pero pronto se hecho atrás y liberó a su hijo Carlos. Así se firma la Capitulación de Villafranca del Penedés(1461), que limitaba la soberanía real: el rey no podría entrar en el Principado sin la autorización de sus corporaciones representativas, tendría que delegar todas sus funciones administrativas y el poder ejecutivo en un lugarteniente perpetuo e irrevocable(Carlos de Viana y, en su defecto, el infante Fernando, hijo de Juan II y Juana Enriquez), y los oficiales y funcionarios nombrados por el rey tenían que ser aprobados por la Generalitat, el Consejo de Ciento y el Consejo del Principado.

Pero sucedio que Carlos de Viana muere en esas fechas. El otro heredero, Fernando, era un crio. Es la madre de ambos, Juana Enriquez quién se hace con el poder, que intenta reunir a todas las fuerzas realistas. Los miembros de la Busca piden el retorno del rey y los de la Biga, temiendo esta vuelta consiguen expulsar del gobierno de Barcelona a los consejeros de la Busca y, forman un ejercito para defenderse de los campesinos gerundenses que se han levantado aprovechando la situación(de nuevo los remensas), contra la reacción señorial.

Juana Enriquez, huye con Fernando a Gerona hacia donde se dirige para capturarla el conde de Pallars al mando del ejercito del Consejo del Principado. Juan II, cede el Rosellón y la Cerdeña al rey francés Luis XI a cambio de su ayuda militar. Las tropas francesas se dirigen a Gerona y levantan el asedio, mientras Juan II, entra con sus tropas en Cataluña. Esto supone una violación de los acuerdos de Villafranca por lo que es declarado enemigo público y desposeido de la Corona. Esto, coincide la agudización de los enfrentamientos, la guerra civil esta servida.

La larga guerra civil catalana terminó en 1472 con la victoria de Juan II, que ya contaba con la ayuda de su hijo, el futuro rey Fernando.


SOBRE LOS REYES CATÓLICOS: La unión dinástica de Castilla y Aragón se dice, que dio pie a una estructura federalizante por la cual Aragón y Castilla conservaron sus propias instituciones, leyes, moneda y, naturalmente su lengua y cultura, lo que aleja cualquier visión unitarista o nacional. La unión de los Reyes Católicos se hizo, según los principios juridicos catalano-aragoneses, es decir, a partir de un modelo federalista que combinaba la integración con el respeto a la realidad institucional propia de los distintos reinos. Ello implicó una contradicción que, aunque no estalló en el reinado de Fernando e Isabel, sí se mostró explosiva en la época de los Austrias. Si es cierto que la Corona de Castilla fue el corazón no solo material, sino político y espiritual de la nueva Monarquia; en contraste por ejemplo, en la Corona de Aragón el rey no tenia potestad legislativa, la cual era compartida con los representantes estamentales de las Cortes.

La monarquia de los Reyes Católicos, lejos de constituir un ejemplo de monarquia absoluta, era una formación política en que si el poder regio no carecia de límites en Castilla, especialmente en la práctica de gobierno, en la Corona de Aragón tanto en la teoría como en la práctica políticas dominaba un pactismo político basado en la supremacia del imperio de la ley en la vida política y social. En Cataluña, la ídea de pacto como mecanismo fundamental de la constitución política del Principado, tanto en su vertiente legislativa como en lo referente al vínculo político que ligaba al Conde-Rey y lo limitaba en el ejercicio de las facultades, fue aplicada con una decisión, coherencia y vigor que no encuentran parangón en nungún otro lugar de Europa.
En la época de los Reyes Católicos, la palabra España=Hispania era un concepto dotado unicamente de valor geográfico=Peninsula Ibérica.

Entre 1490 y 1510 el Rey de Aragón introdujo numerosas reformas en el Gobierno de Barcelona. Aparecé así una clase dirigente más amplia en cuanto a estatus social, que se convirtio en la élite rectora de la política del Principado y en el principal bastión ante las tendencias absolutistas de los monarcas de la dinastia de los Austrias.

En Aragón primero hubo leyes que reyes, lo que resume la concepción política predominante en la Corona de Aragón, por la cual, el rey y el reino debían estar unidos por un contrato, en virtud del cual, aceptarian mutuas obligaciones. La guerra civil de Juan II contra la Generalitat tuvo, en su vertiente política, el telón de fondo del choque entre las tenedencias autoritarias de la rama aragonesa de la dinastia de los Tratámara y las posiciones limitadores del poder real de los representantes de las instituciones catalanas. La capitulación de Pedralbes en 1472 no puso en cuestión el régimen constitucional catalán, aunque sí fomentó ciertas tendencias que deseaban un mayor protagonismo real en el Principado de Cataluña.

Como hecho, que se puede considerar más que una anecdota, en los países de la Corona de Aragón la hacienda del reino(controlada por las Generalidades y las Diputaciones) se encontraba separada de la hacienda real, mientras en Cataluña ni siquiera el rey y los miembros de la familia real estaban exentos de contribuir a los impuestos establecidos por las ciudades o la Generalitat.
En el Reino de Aragón existian, las Cortes Aragonesas, las Cortes Catalanas y las Cortes Valencianas y su contrapeso al poder real era mucho mayor que el de las Cortes de Castilla.

El Rey Fernando sin duda, intentó aumentar el poder Real en Cataluña, pero por ejemplo en 1481 tuvo que aprobar en las Cortes de Barcelona la constitución llamada de l´observanca llamada también Poc valria, por la que, la realeza se comprometió a observar estrictamente los privilegios, leyes, usos y costumbres de Cataluña.

CONTINUARA

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Los humanos no podemos bajar mas a nivel de traicion por lo que estamos haciendo con la naturaleza y los animales .

Anónimo dijo...

SOMOS LA PEOR PESADILLA Y AMENAZA PARA TODAS LAS ESPECIES,INCLUIDOS NOSOTROS MISMOS.

Anónimo dijo...

La cultura hispana ha dado la espalda a la naturaleza y se ha caracterizado por su ignorancia y supersticion hacia los animales